• Los educandos tienen que haber cumplido los 2 años de edad al 01 de Marzo del año en que se otorga el beneficio y no haber cumplido los 27 años antes del día 01 de marzo.
• Las solicitudes deben ser ingresadas en el Sistema Integral de Beneficios (Página de Bienestar) a partir de Noviembre, para que sea pagada en la fecha citada (se pondrá a disposición de los funcionarios un Informativo con las fechas y condiciones del Beneficio).
• El Certificado de alumno Regular debe demostrar que el educando está cursando estudios cuya duración mínima sea de un semestre académico y/o un año lectivo con el fin de justificar la beca cobrada anteriormente. Si esta condición no se puede acreditar, la beca debe ser reembolsada.
• Si se opta por primera vez a este Beneficio, debe ingresar en Página de Bienestar (Sistema Integral de Beneficios), en el formulario online de Beca, en el Casillero de “Certificado de alumno regular” una Carta que indique que solicita por primera vez. (No necesita certificado de alumno regular por ser la primera solicitud).
• Pueden acceder a esta Beca, los educandos en Enseñanza Pre- Básica, Enseñanza Básica, Enseñanza Media, Preuniversitarios, Enseñanza Superior (Centro de Formación Técnica, Instituto Profesional y Universidades Reconocidas por el Ministerio de Educación, Escuelas Matrices de FF.AA. Carabineros, Gendarmería y la Escuela de Formación Policial de Investigaciones de Chile.
• Respecto a las Becas afectas a Retención Judicial, se debe agregar a los antecedentes anteriormente señalados, una fotocopia del Oficio Judicial que ordenó la retención.